Regulaciones Aduaneras

IMPORTACIÓN

REGULACIONES ADUANERAS
 
DOCUMENTACION REQUERIDA
 

Efectos personales


Argentinos de retorno o extranjeros con visa de residentes permanente


El embarque debe llegar a la Argentina dentro de los 6 meses del arribo del cliente al país. Aunque no es necesario que el cliente se encuentre presente en la aduana para las formalidades aduaneras, debe estar en el país para firmar ciertos formularios y entregar su pasaporte original.

 


•  Pasaporte válido en donde claramente se demuestre que el interesado ha estado residiendo en otro país por un período no menor a 12 meses y que tal residencia no ha sido interrumpida con entradas a Argentina por un período mayor a 60 días durante los 12 meses anteriores al regreso.
•  Dos originales del conocimiento de embarque o de la guía aérea.
•  Certificado de residencia consular. (sólo argentinos de retorno)
•  Inventario.
•  Autorización a favor de nuestra empresa firmada por el titular para gestionar el despacho de aduana.

 

Extranjeros con visa temporal


Pueden importar automóviles usados bajo admisión temporaria. Al vehículo sólo se le otorgará admisión temporaria por un período máximo de 16 meses, tras el cual debe ser exportado de la Argentina.

 


•  Pasaporte original del titular del vehículo.
•  Dos originales del conocimiento de embarque o de la guía aérea.
•  Documentación original completa del vehiculo.
•  Autorización a favor de nuestra empresa firmada por el titular para gestionar el despacho de aduana.

 

Diplomáticos extranjeros


Deberán obtener una franquicia diplomática ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina a través de la misión diplomática de su país o el organismo oficial en el cual se encuentre trabajando. Se podrán importar automóviles nuevos.

 


•  Franquicia diplomática.
•  Dos originales de conocimiento de embarque.
•  Factura de compra original.
•  Documentación original completa del vehiculo.
•  Autorización a favor de nuestra empresa sellada por la Misión Diplomática para gestionar el despacho de aduana.

 

Armas de fuego


Se deberá pedir al Consulado Argentino en el país de origen una autorización para proceder a importar armas de fuego. Con ese certificado el titular deberá dirigirse personalmente al RENAR http://www.renar.gov.ar/(Registro Nacional de Armas) y obtener la autorización para importar armas.
Las armas deberán ser ubicadas cerca de la puerta del contenedor para facilitar su verificación por la Aduana Argentina. Se podrá despachar el resto de la carga pero los armas deberán quedar en custodia aduanera hasta que el procedimiento ante el RENAR se finalice. Este proceso puede demorar de 15 a 20 días. Una vez que el cliente completa este proceso, la Aduana Argentina libera las armas.


 


Certificado del RENAR (Registro nacional de Armas) autorizando el ingreso de las armas en Argentina.

Mascotas


Se deberá obtener un certificado de salud (la validéz del mismo es de 30 días desde la fecha de otorgamiento) y un certificado de vacunación.

El certificado de salud deberá ser sellado por el Consulado Argentino más cercano. Estos documentos deben acompañar al animal cuando llegue a la Argentina

 

 


•  Certificado Internacional de Salud.
•  Certificado de vacunación antirrábica.

Artículos prohibidos


Los siguientes artículos no están autorizados a ser incluídos en la mudanza.

•  Drogas y medicinas (a menos que sean para uso personal y en cantidad razonable).
•  Publicaciones pornográficas.
•  Comestibles.
•  Licores y tabaco.
•  Motores fuera de borda, embarcaciones náuticas. (Solo bajo admisión temporal)

 

EXPORTACION


REGULACIONES ADUANERAS
 


DOCUMENTACION REQUERIDA


Efectos personales

Argentinos o extranjeros con visa de residencte permanente:


La persona que se está mudando debió haber vivido legalmente en Argentina durante el último año.

La visa del país de destino debió haber sido emitida dentro de los 6 meses antes de la mudanza. Esta visa debe estar sellada en el pasaporte o debe existir un certificado emitido por el país de destino que testimonie esta visa.


 


•  Fotocopia autenticada ante notario público de todas las hojas del pasaporte, incluso aquellas que se encuentren en blanco. Este pasaporte debe tener una antigüedad de más de un año, sino es necesario autenticar también el pasaporte anterior.
•  Certificado emitido por el consulado del país de destino en donde se da testimonio que el interesado ha obtenido un permiso de radicación por más de un año (no es necesario si la visa está estampada en el pasaporte).
•  Fotocopia autenticada ante escribano público del ticket aéreo con el cual el interesado se trasladará a destino.
•  Autorización escrita a favor de nuestra empresa para realizar las gestiones de Aduana.
•  Adicionalmente los extranjeros con visa de residente permanente deberán presentar:
•  Fotocopia autenticada ante notario público del DNI. (Documento Nacional de Identidad).
•  Baja consular o carta consular ante el consulado de su país (no es un requisito para algunos países).

 

Extranjeros con visa temporal


Desde Octubre de 1995, la Aduana Argentina reformó el sistema de ingreso de extranjeros sin visa de residencia permanente y introdujo un nuevo sistema de ingreso para efectos personales a través de garantías. La aduana emite este certificado que permite exportar luego los efectos previamente importados. En este caso, no es necesario que el cliente haya permanecido en el país durante el último año y los días que permaneció fuera del país no son importantes


 


•  Fotocopia autenticada ante notario público de todas las hojas del pasaporte, incluso aquellas que se encuentren en blanco. Este pasaporte debe tener una antigüedad de más de un año, sino es necesario autenticar también el pasaporte anterior.
•  Certificado emitido por el consulado del país de destino en donde se da testimonio que el interesado ha obtenido un permiso de radicación por más de un año (no es necesario si la visa está estampada en el pasaporte).
•  Fotocopia autenticada ante escribano público del ticket aéreo con el cual el interesado se trasladará a destino.
•  Autorización escrita a favor de nuestra empresa para realizar las gestiones de Aduana.
•  Copia del formulario de importación temporal a través del cual ingresó la mudanza al país.

 

Diplomáticos extranjeros


Deberán obtener una franquicia diplomática ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina a través de la misión diplomática de su país o el organismo oficial en el cual se encuentre trabajando.


 


•  Franquicia diplomática.
•  Autorización a favor de nuestra empresa sellada por la Misión Diplomática para gestionar el despacho de aduana.

Vehículos

Argentinos o extranjeros con visa de residencte permanente:


Automóviles registrados en Argentina podrán ser exportados por ciudadanos Argentinos o extranjeros con visa de residente permanente.

Solo podrá ser exportado un solo automóvil por persona mayor de 21 años de edad. El vehículo debe estar registrado a nombre del titular con una antigüedad mínima de 6 meses a la fecha de exportación.

Deberán pagarse derechos de exportación del 5 % del valor FOB.

 

 

 


•  Fotocopia autenticada ante notario público de todas las hojas del pasaporte, incluso aquellas que se encuentren en blanco. Este pasaporte debe tener una antigüedad de más de un año, sino es necesario autenticar también el pasaporte anterior.
•  Certificado emitido por el consulado del país de destino en donde se da testimonio que el interesado ha obtenido un permiso de radicación por más de un año (no es necesario si la visa está estampada en el pasaporte).
•  Fotocopia autenticada ante escribano público del ticket aéreo con el cual el interesado se trasladará a destino.
•  Autorización escrita a favor de nuestra empresa para realizar las gestiones de Aduana.
•  Documentación completa del vehículo. (Título, cédula verde, etc).
•  Adicionalmente los extranjeros con visa de residente permanente deberán presentar:
•  Fotocopia autenticada ante notario público del DNI. (Documento Nacional de Identidad).
•  Baja consular o carta consular ante el consulado de su país (no es un requisito para algunos países)

 

Extranjeros con visa temporal

 

Solo podrán ser exportados automóviles que hayan sido importados por su titular ingresado a Argentina bajo admisión temporaria. Al vehículo sólo se le otorgará admisión temporaria por un período máximo de 16 meses, tras el cual debe ser exportado de la Argentina.

 

 

 

 

•  Fotocopia autenticada ante notario público de todas las hojas del pasaporte, incluso aquellas que se encuentren en blanco. Este pasaporte debe tener una antigüedad de más de un año, sino es necesario autenticar también el pasaporte anterior.
•  Certificado emitido por el consulado del país de destino en donde se da testimonio que el interesado ha obtenido un permiso de radicación por más de un año (no es necesario si la visa está estampada en el pasaporte).
•  Fotocopia autenticada ante escribano público del ticket aéreo con el cual el interesado se trasladará a destino.
•  Autorización escrita a favor de nuestra empresa para realizar las gestiones de Aduana.
•  Copia del formulario de importación temporal con el que el vehículo ingresó al país.

 

Diplomáticos extranjeros

 

Deberán obtener una franquicia diplomática ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina a través de la misión diplomática de su país o el organismo oficial en el cual se encuentre trabajando.

 

 

 

 

•  Franquicia diplomática.
•  Factura de compra original.
•  Documentación original completa del vehiculo.
•  Autorización a favor de nuestra empresa sellada por la Misión Diplomática para gestionar el despacho de aduana.

 

Pinturas y obras de arte

 

Si en la mudanza se incluyen pinturas, esculturas, mobiliario antigüo u otro tipo de obra de arte, se deberá efectuar un trámite adicional ante la Secretaría de Cultura de La Nación para autorizar la exportación de este tipo de obras.

 

 

 

 

•  Formulario de presentación firnmado por el titular.
•  Planilla detallando nombre del autor, nombre de la obra, biografía del autor, técnica utilizada, etc.
• 2 (dos ) fotografías de cada obra.

 

Armas de fuego

 

El l titular de la mudanza deberá dirigirse personalmente al RENAR http://www.renar.gov.ar/(Registro Nacional de Armas) y obtener la autorización para exportar las armas.

 


 

 

•  Certificado del RENAR (Registro nacional de Armas) autorizando el ingreso de las armas en Argentina.

Mascotas

 

Se deberá obtener un certificado de salud en el Centro Lazareto Argentino. La validéz del mismo es de 30 días desde la fecha de otorgamiento, mas un certificado de vacunación.

El certificado de salud deberá ser sellado por el Consulado del país donde se envía a la mascota. Estos documentos deben acompañar al animal cuando llegue a destino.




 

 

•  Certificado Internacional de Salud.
•  Certificado de vacunación antirrábica.

Artículos prohibidos


Los siguientes artículos no están autorizados a ser incluídos en la mudanza.
•  Drogas y medicinas (a menos que sean para uso personal y en cantidad razonable).
•  Publicaciones pornográficas.
•  Comestibles.
•  Licores y tabaco (ver límites para cada país de destino). ver mas

Usted Podrá pagar por estos medios Western Union,Suc.Banco Nación o Dinero Express de Banco Francés. ver mas>>

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